Gerontologia - Universidad Maimónides

Abril 24, 2005

Jubilación para desocupados

PUEDE TRAMITARSE MIENTRAS SE COBRA OTRA PRESTACION


Ismael Bermúdez.
ibermudez@clarin.com
Domingo | 24.04.2005

Los que tienen un plan social, una pensión no contributiva o graciable o cobran el seguro de desempleo, podrán iniciar el trámite de jubilación anticipada por desempleo.
Sin embargo, luego, cuando la ANSeS apruebe el pedido jubilatorio y ponga a disposición del beneficiario el pago del haber, se le dará de baja al otro beneficio que estaba cobrando.
Así lo dispone la Resolución Nº 331 de la ANSeS, publicada en el Boletín Oficial. La norma aclara un punto importante para los que pueden acceder a ese beneficio porque uno de sus requisitos es que el potencial beneficiario no esté cobrando otra prestación como sería el caso de los planes o pensiones sociales.
En esos casos se planteaba el siguiente problema: para iniciar el trámite jubilatorio muchas personas debían renunciar previamente a cobrar el plan o pensión social. Y como el trámite jubilatorio puede demorar algunas semanas o meses, esa gente se quedaba sin ningún ingreso durante todo ese período.
Por eso la resolución permite iniciar el trámite de jubilación y seguir cobrando el plan o la pensión graciable. Y recién cuando comienza a cobrar la jubilación anticipada, se le dará de baja del otro beneficio. Para eso, la persona deberá firmar una "notificación" autorizando a la ANSeS a dar de baja "cualquier prestación que estuviera en curso de pago" cuando comience a cobrar el beneficio de la prestación anticipada por desempleo. Pueden pedir la jubilación anticipada por desempleo los desocupados al 30 de noviembre de 2004 que cumplieron en el caso de las mujeres 55 años y 60 años los hombres, si tienen 30 años de aportes.

Publicado por Licenciatura en Gerontología el día: Abril 24, 2005 03:00 PM