Gerontologia - Universidad Maimónides

Julio 14, 2005

Consejo Nacional para Personas Envejecientes (Rep. Dominicana)

Visión y perspectivas

En septiembre de 1998 el entonces presidente Dr. Leonel Fernández promulgo en la gaceta oficial No.9996 la ley 352-98 de protección a personas envejecientes, aprobada en el Congreso Nacional en agosto de ese mismo año, producto de la insistencia, cabildeos y esfuerzos realizados por representantes de la “Red Dominicana Por una Vejez Digna” integrada por organizaciones de la sociedad civil que trabajan el tema de vejez y el Departamento de Protección a la vejez de la Secretaria de Estado de Salud Publica.

Sin embargo, pese a haber sido promulgada en el año 1998, el esfuerzo por la puesta en vigencia de la ley 352-98, llega a concretarse en octubre del año 2004, precisamente en el nuevo periodo de gobierno del presidente Dr. Leonel Fernández, con la emisión del decreto No.1372-04 que aprueba el reglamento para la aplicación de la ley.

Cabe destacar que el reglamento es también el producto del esfuerzo de la “Red Dominicana Por una Vejez Digna” que con el apoyo del fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA) logro formular y presentar ante el Poder Ejecutivo una propuesta técnica y operativa del reglamento de la ley 352-98 de protección a personas envejecientes.

El Presidente de la Republica en cumplimiento a las atribuciones que le confiere el reglamento de la ley, designó en febrero de este año, a una persona por un periodo de seis meses, con el rango de Secretario de Estado, para garantizar la conformación estructural y operativa del Consejo Nacional de las Personas Envejecientes, organismo rector según el articulo 23 de la ley.

Cinco meses después de esta designación desconocemos que se haya realizado la primera convocatoria del Consejo o establecido un mínimo plan de acción.

Pienso que tener una visión clara y objetiva del servicio y el trabajo que asumimos es importante, el Consejo Nacional de personas envejecientes debe trascender el marco del clientelismo y la politiquería y enrumbarse en acciones capaz de innovar y mejorar la entrega de servicios públicos para las personas envejecientes y la capacidad de demanda organizada de éstos, contribuyendo así al acceso de manera equitativa y no discriminatoria a servicios de salud, educación, cultura, y otros servicios provistos por entidades del sector público de Republica Dominicana, promoviendo una mayor y más calificada participación de sus organizaciones sociales.

De igual modo, se requiere fortalecer el rol institucional del Consejo nacional de Personas Envejecientes en la coordinación y articulación de políticas, iniciativas y programas ejecutados en beneficio de las personas mayores de 60 años de edad e inducir a procesos innovadores de coordinación y planificación intersectorial y territorial e introducir modelos innovadores de atención local para personas mayores y profesionalizar la gestión municipal de estos esfuerzos.

Consideramos urgente la elaboración de un protocolo de registro de entidades de personas mayores, jubiladas y pensionadas, identificar de acciones, ámbitos geográficos de impacto, áreas de competencias o intervención, proyectos y programas en ejecución, fuentes de ingresos, recursos técnicos y humanos disponibles.

Identificar líneas generales para la elaboración de un plan nacional para personas envejeciente y el diseño de una propuesta de monitoreo y evaluación del plan, que recoja el contenido intersectorial del esfuerzo propuesto por el Gobierno y las organizaciones y entidades de la sociedad civil para mejorar la coordinación a nivel técnico y financiero.

Otro componente importante de misión del Consejo es fortalecer la capacidad de las organizaciones de personas mayores, de pensionados y jubilados, para influir en las iniciativas impulsadas por el sector público en su beneficio y mejorar sus propias capacidades para impulsar proyectos dirigidos a sus miembros a fin de fortalecer la capacidad de gestión, liderazgo de sus dirigentes y representación de las entidades de personas mayores.

He ahí la misión y visión estratégica del Consejo, como entidad rectora de políticas e iniciativas a favor de personas de mayores, para el cual proponemos desarrollar un marco institucional de relacionamiento con las organizaciones de personas envejecientes de la sociedad civil en el país.

De igual modo, la inexistencia de servicios institucionales validos refleja en si mismo la grave debilidad institucional del Estado y por ende un manejo inadecuado de las instancias políticas responsables de tomas de decisiones, inadecuada aplicación de justicia, carencia de un marco estratégico de desarrollo que inserte la participación de los sujetos y establezca las vías de adecuadas de interacción con los/as beneficiarios/as y las organizaciones de la sociedad civil.

La población mayor de 65 años se incrementa en forma acelerada y se enfrenta a una alta desprotección social por la inexistencia de servicios institucionales validos y en ejecución para el desarrollo de alternativas de vida. Esa deficiencia, ha generado marcadas diferencias en las escalas de desarrollo humano que debe darse a lo interno de la sociedad y esas diferencias se expresan en inequidad, manejo de poder y trafico de influencia.

Las personas mayores de 65 años de edad reciben el peso de esa inequidad con mayor crudeza, al ver sus años de vida transcurrir, el agotamiento de su fuerza laboral y máxime si en el devenir de los años no han logrado acumular recursos que les permita por si mismo su espacio de retiro con garantía de sobre vivencia e independencia de vida.


Por:
Lic. Simón Bolívar Terrero
Master en Gerontología Social
Tel: 476-7009
Cel: 282-3356

Publicado por Licenciatura en Gerontología el día: Julio 14, 2005 03:07 PM