Gerontología - Universidad Maimónides

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Jubilados: historia de una injusticia

CONTRIBUIR a mejorar la calidad de vida de los jubilados no sólo es una obligación moral. Es una urgencia, que adquiere particular relevancia en momentos en que el gobierno argentino resolvió anticipar, sin necesidad alguna, el pago de la deuda con el Fondo Monetario Internacional.

La Nación - Editorial
Jueves 5 de enero de 2006

Si bien es verdad que las autoridades nacionales se han preocupado en los últimos dos años por mejorar el haber mínimo de los jubilados, esto se ha hecho igualando hacia abajo. Por esta razón, mientras que en 2001 no más de 500.000 jubilados percibían el mínimo, hoy son más de 2.000.000 los que se encuentran en esa situación. De esta manera, ha ascendido el porcentaje de integrantes del llamado sector pasivo que están por debajo de la línea de pobreza, merced al fuerte aumento del costo de vida experimentado en ese período. Al mismo tiempo, se ha consolidado una situación de verdadera injusticia con quienes a lo largo de su vida laboral efectuaron mayores aportes y hoy perciben un haber idéntico o casi igual al de quienes aportaron mucho menos.
La historia de estas injusticias es, obviamente, muy larga y comenzó cuando, desde hace décadas, los gobiernos comenzaron a utilizar el fruto de los aportes de los trabajadores a la seguridad social para cualquier otra finalidad.
La ley de solidaridad previsional sancionada en 1995 fue consecuencia del desafío que debió enfrentar el entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo, de saldar una importante deuda con los jubilados, cuyos haberes no habían sido ajustados en congruencia con la movilidad que establecía la ley hasta entonces vigente. Al no haber sido respetada por un largo tiempo la relación del 82 por ciento respecto de los salarios activos, la Justicia recogía las demandas y acumulaba sentencias obligando al Estado a pagar resarcimientos. Finalmente, el Gobierno reconoció la totalidad de la deuda y la saldó con la entrega de títulos públicos de largo plazo -los Bonos de Consolidación de Deudas (Bocon)-, haciendo excepciones con pagos más cortos a los jubilados de mayor edad o a los que padecían enfermedades complejas.
A partir de aquel crecimiento de la deuda pública en el orden de los 18.000 millones de dólares, el Gobierno decidió curarse en salud y promovió la ley antes citada, que logró sanción parlamentaria.
La ley 24.463, de solidaridad previsional, establecía que "todas las prestaciones de los sistemas públicos de previsión de carácter nacional tendrán la movilidad que anualmente determine la ley de presupuesto" y que "dicha movilidad podrá ser distribuida en forma diferenciada a fin de incrementar las prestaciones mínimas". Estipulaba también que "en ningún caso esta movilidad podrá consistir en una determinada proporción entre el haber de retiro y las remuneraciones de los activos".
En definitiva, se establecía un nuevo criterio de ajuste de las jubilaciones ligado al aumento de los recursos presupuestarios, aunque se aceptaba un cierto grado de preferencia en los aumentos de las categorías mínimas. La interpretación establecida posteriormente por la Justicia, apoyada en esta ley y en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, fue que el Gobierno debía ajustar las jubilaciones en función del crecimiento de los recursos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Bajo este criterio se están produciendo los fallos favorables a aquellos jubilados que han reclamado en los últimos cuatro años por la falta de actualización de sus haberes. Se estima que el total de la deuda reclamable asciende hoy a 12.600 millones de pesos.
Los aumentos otorgados en las jubilaciones a partir de 2002 han seguido un patrón parecido al aplicado en los salarios públicos. Se dieron incrementos de suma fija a quienes percibían los haberes mínimos y, a fines de 2004, se otorgó un 10 por ciento exclusivamente a las jubilaciones de menos de 1000 pesos mensuales y a condición de que luego del ajuste no superaran ese monto.
La consecuencia es que la proporción de jubilados que cobran el mínimo pasó del 27 por ciento en 2001 al 63 actualmente. Sólo los que estaban inicialmente en el mínimo han logrado mantener su poder adquisitivo. Los restantes lo han visto caer y aquellos que estaban arriba de los 1000 pesos no han visto incrementar sus haberes en los últimos diez años.
La situación no resiste análisis y debería haber una solución a la mayor brevedad, que no puede ser otra que aplicar la ley y compensar a los damnificados por su incumplimiento anterior. Resulta claro que esto tendría un impacto presupuestario que se estima en 17.600 millones de pesos en el ejercicio de 2006: 5000 millones por la normalización de los haberes jubilatorios y 12.600 millones por el reconocimiento de la deuda anterior acumulada. Este es uno de los varios temas en los que la ley de presupuesto vigente peca de irrealista, como dijimos en un editorial del 30 de diciembre último, además de implicar una clara falta de equidad y demostrar una extraordinaria falta de sensibilidad de las autoridades.

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