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Lanzan una jubilación para los que tienen pocos aportes

Beneficia a 1,2 millón de personas de más de 50 años, hoy afiliadas a una AFJP, pero que ahora pasarán al sistema estatal. Recibirán beneficios para que puedan jubilarse a partir de los 70 años.

Ismael Bermúdez
01.04.2007 | Clarin.com


El Gobierno lanzará la semana próxima un nuevo régimen para que las personas que tengan pocos aportes puedan acceder, de todas maneras, a una jubilación. La medida —a la que tuvo acceso exclusivo Clarín— beneficia especialmente a los casi 1.200.000 personas que hoy están afiliados a una AFJP, pero que tienen en sus cuentas menos de 20.000 pesos y que pasarán ahora al sistema estatal.

Como parte de la reforma previsional promulgada a principio de este mes, las mujeres mayores de más 50 años y los varones con más de 55 años afiliados a una AFJP y que tengan menos de 20.000 pesos en sus cuentas, salvo que expresamente quieran continuar en el régimen privado, pasarán al sistema estatal. En ese caso, si al alcanzar la edad jubilatoria (60 las mujeres, 65 los hombres) no pueden jubilarse, porque no tienen los 30 años de aportes mínimos, podrán hacerlo a los 70 años, con 10 años de aportes, computando de una manera especial la plata acumulada en la cuenta que fue transferida a la ANSeS. Y si aún así, no tienen esos 10 años de aportes, podrán completar los años faltantes a través de una moratoria especial.

Este sistema también se aplicará a los que ya están en el régimen estatal con pocos meses o años de aportes. Así, se amplían las facilidades para computar los años de aportes para acceder a la Prestación por Edad Avanzada.

Así lo informó a este diario el titular de la ANSeS, Sergio Massa, quien sostuvo que este régimen especial busca que cuenten con cobertura previsional quienes por el desempleo o el trabajo en negro no tienen todos los requisitos para jubilarse.

La medida, que se anuncia cuando ya está lanzada la carrera electoral, complementa otros regímenes de facilidades que ya hicieron que más de 800.000 personas sin aportes accedieran a una jubilación. Ahora, este nuevo régimen especial tiene las siguientes características:

# Las mujeres mayores de 50 años y los varones con más de 55 años afiliados a una AFJP y que tengan menos de 20.000 pesos en sus cuentas pasarán al sistema estatal. En esa situación hay 1.169.000 personas con un saldo promedio de $ 4.200. Habrá 90 días para que los que quieran permanecer afiliados a las AFJP lo hagan a través del envío de una carta documento gratuita a través del Correo Argentino. Para el resto, el lapso de opción es del 12 de abril al 31 de diciembre.

# El saldo de la cuenta se transfiere a la ANSeS con el mismo menú (acciones, bonos plazo fijo, etc.) en que la AFJP tiene invertido su fondo.

# Al alcanzar la edad jubilatoria (60 las mujeres, 65 los hombres), si por aportes hechos al Estado más lo aportado a la AFJP y transferido a la ANSeS acumulan 30 años, podrán acceder a la jubilación normal estatal.

# Si no reúnen esos 30 años, podrán completar los años faltantes a través de la moratoria de la ley 24.476 que permite justificar años de servicios como autónomo hasta septiembre de 1993. En esos casos, la cuota de la moratoria se deducirá del beneficio, que no puede ser menor al haber mínimo (hoy $ 530).

# Si no pueden acceder a la jubilación normal, esas personas a los 70 años podrán acceder a la Prestación por Edad Avanzada que tiene un requisito de 10 años de aportes. En ese caso se dividirá el saldo de la cuenta en su momento transferida a la ANSeS por el aporte mínimo previsional (hoy de $ 128) y el resultado se computará como años o meses aportados. Por ejemplo, quien tiene un saldo de $ 7.680, tendrá computados 60 meses o 5 años, más lo que aporte de ahora en más. Así, quien cuenta con más de 15.360 pesos en su cuenta, ya tendrá más de 10 años y aunque no tenga aportes anteriores y posteriores, a los 70 años podrá acceder a la Prestación por Edad Avanzada.

# Si aún así no puede jubilarse, habrá un plan especial de moratoria para que complete los 10 años requeridos.

# Para tener derecho a la Prestación por Edad Avanzada, el afiliado no puede estar cobrando una pensión o retiro civil o militar nacional, provincial o municipal, aunque podrá percibir el beneficio, siempre y cuando renuncie a las otras prestaciones. De aquí se desprende que quien ya esté percibiendo una pensión, le resultaría más conveniente permanecer en la AFJP porque, cuando llegue el momento de su jubilación, además de la pensión, podría cobrar el saldo de su cuenta.

# Cada 5 años, cuando se abre el régimen de opción, se repetirá este traspaso de mujeres de más de 50 años y hombres de más 55 años afiliados a la AFJP, con menos de 250 MOPREs, una unidad previsional que hoy es de $ 80.

http://www.clarin.com/diario/2007/04/01/elpais/p-00315.htm

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