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Cayó más de un tercio el poder de compra de muchos jubilados

Por la falta de movilidad de los haberes

Algunos pueden adquirir el 64% de los bienes y servicios a los que accedían en 2001

La Nación
Lunes 23 de junio de 2008

El poder de compra de cientos de miles de jubilados y pensionados acumula una caída de hasta el 36% desde diciembre de 2001. Esto significa que, debido a que el alza de precios superó al aumento de los haberes, en muchos casos los ingresos hoy alcanzan sólo para hacer frente al 64% del gasto que podía realizarse hasta el inicio del proceso inflacionario.

El deterioro tiene que ver con la falta de un índice de movilidad que permita mantener el valor de los haberes. El viernes último, un juez de primera instancia ordenó un alza para todos los pasivos cuyos ingresos no hayan tenido una suba que por lo menos siguiera la evolución promedio de los salarios entre 2002 y 2006, que fue del 88,57 por ciento. En rigor, eso significa extender lo dispuesto en un fallo de la Corte Suprema -dictado para el caso del jubilado Adolfo Badaro- a todas las personas afectadas por una recomposición insuficiente. Los jueces también habían instado al Congreso a dictar una ley en la materia, una orden que ya habían dado a mediados de 2006.

El grupo más perjudicado es el de quienes en diciembre de 2001 percibían más de $ 1000, pero la situación afecta además a todos los que cobraban entonces menos que ese monto y que ahora perciben más que la mínima -de $ 655-, y también a parte de quienes hoy están incluidos en el segmento más bajo de la escala de ingresos. Si bien es cierto que el haber mínimo subió un 336% desde 2001, también es verdad que muchas personas que cobraban más que ese básico fueron quedando incluidas en ese grupo debido a la política oficial que privilegió la suba del mínimo, sin dar al mismo tiempo ajustes que, aunque fueran menores que los otorgados a los sectores más bajos, compensaran al menos los efectos de la inflación para todos los pasivos.

Para los haberes de $ 1000 o más, la primera recomposición llegó en junio de 2006, cuando la suba de precios ya era del 82,6 por ciento. Desde entonces, ese segmento acumula un aumento nominal del 51,7%, mientras que la inflación estimada fue del 137,6%; para llegar a esta cifra se tomaron los datos del Indec hasta diciembre de 2006, y de enero de 2007 en adelante -desde entonces la información del organismo está muy cuestionada- se consideraron estimaciones moderadas de estudios de economistas.

Como en toda estadística, esos datos marcan una estimación promedio basada en determinados supuestos del consumo. En la vida real, las situaciones de nivel de deterioro de ingresos son tantas como jubilados existen, ya que cada cual tiene un conjunto diferente de necesidades por cubrir.

Ejemplos de las pérdidas

No obstante esa aclaración, y siguiendo las cifras antes mencionadas, pueden darse los siguientes ejemplos. Quien cobraba $ 1000 siete años atrás, recibe ahora $ 1517. Suponiendo que en 2001 consumía bienes y servicios por los $ 1000, el valor actual de esos consumos es de $ 2376. Así, el haber equivale ahora al 64% del precio de los productos que antes era posible adquirir con la jubilación.

Otro caso: quien tenía en 2001 una jubilación de $ 700, cobra hoy $ 1168,3, ya que los ajustes otorgados suman un 66,9 por ciento. Y la caída del poder adquisitivo llega al 30 por ciento.

Si bien estas pérdidas no se ven en el ingreso nominal, en los dos ejemplos su magnitud supera, en términos de valor real, el recorte del 13% que aplicó en 2001 el gobierno de la Alianza a los haberes de más de $ 500.

Muchos de quienes hoy cobran la mínima sufren también una pérdida del valor de sus ingresos: una persona que en 2001 ganaba $ 300 acumuló un alza del 118,3%, lo que frente a la inflación le significa haber perdido el 14% en términos reales.

Más allá de los cálculos de las alzas de jubilaciones contra la inflación, la Justicia pide dar movilidad según el comportamiento de los salarios. En el caso Badaro, la Corte ordenó usar esa pauta al menos hasta diciembre de 2006 y no avanzó sobre períodos posteriores, porque los jueces recordaron que el Poder Legislativo es el encargado de crear por ley un mecanismo permanente para que las jubilaciones tengan ajustes periódicos y automáticos, y dejen de depender de decisiones de los gobiernos.

Por ahora, este último es el mecanismo utilizado para las alzas. Según ya se anunció, el mes próximo se aplicará un nuevo ajuste del 7,5%, con lo que la mínima será llevada a $ 690.

Como es complejo conocer el número de pasivos que podrían estar alcanzados por el fallo dictado el viernes, el juez dispuso que la Anses, junto con la Defensoría del Pueblo de la Nación, que presentó la demanda, resuelva por la vía administrativa caso por caso. El defensor del pueblo, Eduardo Mondino, sostuvo anteayer que irá a la Anses mañana para intentar consensuar un mecanismo que permita cumplir lo dispuesto, pero desde el organismo de la seguridad social insistieron en que la sentencia será apelada. Y así sus efectos quedarán suspendidos.

Por Silvia Stang
De la Redacción de LA NACION

http://www.lanacion.com.ar/1023908

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