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Un juez ordenó un aumento de hasta el 88,6% en haberes de 1.200.000 jubilados

Fue por un pedido del Defensor del Pueblo. El Gobierno decidió apelar.

Por: Ismael Bermúdez
21.06.2008 Clarín.com


El juez de la Seguridad Social, Alberto Ize, hizo lugar al reclamo del Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino y ordenó que se extienda a casi 1.200.000 jubilados y pensionados el ajuste de haberes reconocido por la Corte Suprema en el caso Badaro. Por ese fallo, para el período de enero 2002 a diciembre de 2006, el Alto Tribunal fijó que las jubilaciones deben ser ajustadas en un 88,6%, según la variación de los salarios.

La ANSeS informó anoche a Clarín que por ley está obligada a apelar los fallos adversos. Mientras tanto, "la ejecutividad de la sentencia queda suspendida", dijeron. Y finalmente, deberá resolver la Corte Suprema.

La sentencia reconoce la legitimidad del Defensor del Pueblo para reclamar en una "acción colectiva" en nombre de los jubilados afectados por haber tenido ajustes en sus haberes inferiores al caso Badaro.

Y el fallo ordena que ese ajuste se otorgue "al colectivo de beneficiarios que acrediten en sede administrativa el perjuicio ocasionado por la omisión en la aplicación de un mecanismo de movilidad a su haber previsional, fundado en el paralelismo con las circunstancias previsionales del Sr. Adolfo Valentín Badaro".

Los jubilados y pensionados que recibieron ajustes inferiores a Badaro suman aproximadamente 1,2 millones. El resto -

los que cobraban en diciembre de 2001 menos de $ 280- recibieron aumentos similares o superiores al 88,6% por el incremento del haber mínimo.

De ese 1,2 millón, hay dos sectores:

Un sector de jubilados que ganaba más de $1.000 recibieron en ese período un incremento del 11%. En ese caso el reajuste sería por la diferencia entre el 88,6% y el aumento recibido. Eso arroja un ajuste de lo que están cobrando ahora del 69,9%. El fallo expresamente se refiere a esta franja de jubilados.

Otro sector que cobraba menos de $ 1.000, recibió dos aumentos: 10 y 11%. La diferencia a favor del jubilado sería del 54,5%. Aunque el fallo no los menciona, se interpreta que por ganar menos, también serían beneficiados.

En la demanda, el Defensor del Pueblo pidió solo la actualización de los haberes desde la presentación de la demanda (marzo 2008) y no el pago de los retroactivos. Por ese motivo, el Juez no consideró el tema.

A fin de hacer operativa la sentencia, se establece que el Defensor del Pueblo y la ANSeS deberán coordinar el estudio y resolución de cada caso, debiendo el Defensor poner a disposición de la masa de jubilados "los mecanismos jurídicos y fácticos necesarios para tal fin".

Según el abogado previsionalista Guillermo Jáuregui, "si esta sentencia quedara firme (en la Corte), todos los beneficiarios ya tendrían el derecho a la movilidad de su haber conforme a Badaro. Esto equivale a un ahorro de tiempo aproximadamente de cinco años de trámite administrativo y judicial".

Jáuregui agregó que, al margen de que no se considere la retroactividad y otros reclamos, se trata de "una de las más trascendentes sentencias en materia previsional de los últimos tiempos, luego de dictado el fallo Badaro". Y podría considerarse "una generalización del mismo con la consecuencia revolucionaria de que cada jubilado no debe iniciar individualmente un pleito para obtener el reajuste de su haber por tratarse de una sentencia colectiva", finalizó.

http://www.clarin.com/diario/2008/06/21/elpais/p-02801.htm

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