Nuevamente la ANSeS se comprometió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) a agilizar el pago de las sentencias favorables a los jubilados, a no apelar los fallos judiciales y a desistir de los recursos judiciales ya presentados ante la Justicia.
Por: Ismael Bermúdez
Clarín
Jueves 05, Noviembre 2009
La demanda ante la CIDH comenzó hace 14 años por iniciativa de los abogados Sergio Bobrovsky y Horacio González ante los reiterados incumplimientos de la ANSeS.
Desde entonces hubo varias audiencias donde se constataron progresos, pero con el compromiso de la ANSeS de resolver las distintas medidas que fueron obstaculizando el cumplimiento de la legislación y fallos judiciales. Ayer, en el "acuerdo amistoso" alcanzado en Washington, se reconoce que "existen aún cuestiones pendientes para resolver" con "compromisos concretos que debe asumir el Estado argentino". Por ejemplo, la práctica de liquidar mal las sentencias sin respetar lo que estipularon los jueces, lo cual obliga al jubilado a iniciar otro juicio para exigir la diferencia.
Esos compromisos son:
Todas las sentencias aún pendientes de ejecución deben ser cumplidas sin limitaciones y pagadas en regla.
ANSeS no apelará las sentencias de primera o segunda instancia que sean favorables a los beneficiarios, en temas en los que la Corte Suprema ya se hubiera expedido (caso Badaro o 82% móvil de docentes).
También debe desistir, dentro de los 60 días, de los recursos judiciales que ya hubieran sido presentados ante la Cámara de la Seguridad Social o Corte Suprema. La comisionada Luz Patricia Mejía Guerrero, a cargo de la Argentina, viajará a la Argentina para verificar el cumplimiento del acuerdo.
Anoche, en un comunicado, la ANSeS señaló que "en 2008 dejó de apelar los fallos de la Justicia que aplican la movilidad dispuesta por la Corte Suprema en el caso Badaro". "Además, ya no apela las sentencias que aplican el 82 u 85% móvil en los regímenes especiales de docentes, investigadores científicos y diplomáticos". Y asegura que las sentencias condenatorias contra la ANSeS se abonan dentro del plazo de 120 días.
http://www.clarin.com/diario/2009/11/05/elpais/p-02034170.htm