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Poner en práctica leyes que no se cumplen

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Un repaso sobre el grado de implementación de las principales normas que velan por los derechos de las personas con discapacidad: accesibilidad, educación, salud, trabajo y la ley de cheques

La Nación
Noticias de Comunidad:
Sábado 4 de setiembre de 2010

Andrea Mariana Ranucchi es docente y posee una discapacidad motriz. Con la intención de perfeccionarse se inscribió en un curso en la sede central de la Escuela de Capacitación Docente - Centro de Pedagogías de Anticipación, que depende del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. "Debía realizarlo en la última semana de julio, pero me encontré con una barrera física, una escalera como único acceso a cualquiera de las oficinas de dicho establecimiento. Planteada mi inquietud al respecto, hasta ahora no he visto ninguna solución", cuenta Ranucchi, poniéndole voz al reclamo de miles de personas.
Su caso es apenas uno de tantos en los que las leyes sobre discapacidad vigentes en el país no se cumplen cuando en la Constitución Nacional (Art. 75 inc. 23) se establece que el Congreso tiene que legislar y garantizar la igualdad real de oportunidades y el pleno goce y ejercicio de los derechos de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad.
Consecuentemente, en 1981, a través de la ley 22.431, se instituyó un sistema de protección integral de las personas con discapacidad en la Argentina, para asegurarles su atención médica, educación y seguridad social.
Sin embargo, esta y otras leyes que buscan proteger e integrar a las personas con discapacidad a menudo no se cumplen, ya sea parcial o totalmente; en otros casos existen, pero todavía no se reglamentaron o son proyectos de ley impulsado por ONG que aún no fueron aprobados. A continuación, una actualización sobre el funcionamiento de las cinco principales leyes sobre discapacidad vigentes en el país.
Accesibilidad
Entre muchas otras cuestiones, este sistema integral, en los artículos 20, 21 y 22, regula el derecho a la accesibilidad, donde se establece la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida.
"Se entiende por accesibilidad la posibilidad de las personas con movilidad reducida de gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte, para la integración y equiparación de oportunidades", asegura Evangelina Galligo, directora de la Fundación Acceso Ya.
La accesibilidad, asimismo, constituye una condición básica para el ejercicio de derechos fundamentales; por ejemplo, si los establecimientos sanitarios no cuentan con infraestructura adecuada las personas con discapacidad quedan excluidas de la atención que necesitan.
Según establece la ley, el plazo para la ejecución total de las adecuaciones relativas a barreras urbanas y en edificios de uso público venció en 1997. En cuanto a la renovación de vehículos del parque automotor de transporte público de pasajeros, el plazo para la renovación total venció en 2002. A su vez, la adecuación de las estaciones, sus instalaciones y equipamiento, que integran el sistema de transporte ferroviario (subterráneos, trenes y premetro) y aéreo, debió ser completada en 2001, y según la misma norma, su incumplimiento podrá determinar la cancelación del servicio.
Lamentablemente, según Galligo, las estadísticas actuales brindadas por la Auditoría General de la ciudad de Buenos Aires, el Inadi y Acceso Ya dan cuenta de la casi nula implementación de estas normas, a saber: el 75% de las escuelas de gestión pública en la ciudad de Buenos Aires no reúnen condiciones mínimas de accesibilidad, el 95% de las escuelas de gestión privada de la Capital presentan barreras arquitectónicas, más del 80% de las estaciones de subterráneos concesionadas a Metrovías son inaccesibles, y el 70% de los automóviles que conforman el parque automotor de las empresas de transporte público de pasajeros no son aptos para personas con movilidad reducida.
Educación
"En 2004, luego de buscar en 56 escuelas privadas y públicas, que no aceptaban a mi hijo con discapacidad por diferentes razones, que iban desde la falta de accesibilidad hasta la imposibilidad de recibir maestras integradoras, finalmente el 8 de marzo de 2004 mi hijo Juani ingresó para cursar su primer grado a una escuela común mediante una orden judicial que obligó su ingreso", cuenta Elizabeth Aimar, actual presidenta de la Red de Asistencia Legal y Social (RALS).
En nuestro país, la ley Nº 26.206 de educación nacional promueve el derecho a la educación y a la inclusión educativa de las personas con discapacidad, y se compromete al cumplimiento de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que postula que las personas con discapacidad pueden acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita.
"En el ámbito educativo, hay insensibilidad y desconocimiento para aceptar a los niños y jóvenes con discapacidad dentro de las aulas comunes. Los obstáculos para la participación y el aprendizaje compartido se deben a las actitudes de las personas y las limitaciones del entorno", expresan la presidenta de la Asociación para el Desarrollo de la Educación Especial y la Integración (Adeei), Ana Brusco, y su directora general, Graciela Ricci.
Desde Adeei sostienen que la integración no funcionó como era esperado, posiblemente porque se puso mucho énfasis en los aspectos normativos y no se privilegió la modificación de actitudes, creencias y valores de los actores del sistema educativos involucrados en este proceso.
A su vez, Aimar opina que si bien se nota un incremento en la matrícula de alumnos en escuelas comunes con proyectos de integración, las familias encuentran obstáculos a la hora de elegir la escuela, pues los costos de esos establecimientos no son reconocidos como prestaciones debidas por las obras sociales y o prepagas.
Trabajo
Alberto Dolmann tiene 34 años, es sordo, se recibió de ingeniero en Informática en la UADE y actualmente trabaja en el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. El integra el 4% de las personas con discapacidad que por ley el gobierno nacional está obligado a emplear. "Según mi opinión, los organismos estatales cuando concursan dan aviso a todos y priorizan a la gente con discapacidad. El problema es que hacen pocos concursos y no hay llamados para nuevo personal", sostiene Dolmann, que ha trabajado en el área de Sistemas del gobierno porteño y en la Auditoría General de la Nación.
"Si bien ha habido avances, la realidad es que aún no se cumplimenta el cupo y que no todas las incorporaciones han sido exitosas. Esto se debe a una diversidad de variables tales como desinformación, desconocimiento, prejuicios, falta de adecuados procesos de colocación y seguimiento laboral o barreras arquitectónicas", señalan desde Adeei.
En cuanto al Mercado Laboral Protegido, la ley 24147 no ha sido reglamentada y, por lo tanto, no se aplica. "En los últimos años se han logrado progresos significativos en el ámbito del derecho de las personas con discapacidad a acceder al empleo, traducido en mayor número de trabajadores con discapacidad en lo público y lo privado; mayor número de empresas inclusivas y mayor conciencia social, con las consecuentes mejoras para la calidad de vida de la población. No obstante, aún queda mucho trabajo por hacer y se requiere de un creciente compromiso y cumplimiento de responsabilidades de las partes, incluyendo la rápida sanción y aplicación de las leyes mencionadas", afirman desde Adeei.
Salud
La ley 24.901 establece un sistema único de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de personas con discapacidad que obliga al Estado a cubrir en un 100% las prestaciones para estas personas sin cobertura social y las obras sociales nacionales (sindicales), al igual que el PAMI y el Programa Federal de Salud para las personas con pensiones no contributivas y las prepagas.
"El camino no fue fácil, pero a través de amparos judiciales las personas pertenecientes a alguna obra social o prepaga fueron logrando que éstas reconocieran de manera creciente lo establecido en esta ley ", asegura el padre Pablo Molero, representante del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas.
Sin embargo, Molero sostiene que la situación de no atención de las personas sin cobertura social es la gran deuda aún pendiente y que los derechos reconocidos en esta ley necesitan de efectores, tanto públicos como privados, que permitan su ejercicio, para que no se transformen en una mera declamación.
Para Facundo Chávez Penillas, abogado y miembro del Comité Ejecutivo de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), estas previsiones específicas, mayormente contenidas en la ley 24901, sufren de gran resistencia en el cumplimiento, en especial por empresas de medicina prepaga y obras sociales de estados locales.
"Esta resistencia generó la judicialización de los reclamos, que han sido mayoritariamente bien recibidos por la judicatura, pero que evidencia la falla del sistema, porque las personas con discapacidad deben sortear las barreras existentes en el acceso a la Justicia para ejercer el derecho de acceso a la salud, lo cual en sí implica una política discriminatoria."
Por Alejandro Rapetti
Para LA NACION
Para saber más
ADEEI
www.adeei.org.ar
RALS
www.rals.org.ar
REDI
www.redi-derechos-discap.galeon.com
Fundación Acceso Ya
www.accesoya.org.ar
Conadis
www.conadis.gov.ar
Ley de cheques
La ley 25.730 establece sanciones para los libradores de cheques rechazados por falta de fondos o sin autorización para girar en descubierto o por defectos formales. Los fondos recaudados por las multas aplicadas tienen como destino programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad.
En los últimos años, estos recursos han sido enviados al comité coordinador que los administra, y lo que es más importante, en los últimos tres o cuatro años los montos enviados fueron utilizados de manera creciente en un 96 por ciento o más.
"Esto implica un gran trabajo de gestión por parte del comité que los administra. Además, para que eso fuera posible también se incrementó la presentación de proyectos y llegó en 2010 a la suma de
$ 390.000.000. Este dato no es menor porque demuestra que la gente de todo el país se ha puesto a trabajar en esta temática. Esto ha llevado, aunque aún se debe trabajar más, a poder ampliar la distribución de los fondos a diversas provincias, tanto para los organismos gubernamentales como para las organizaciones no gubernamentales que trabajen en esta temática", señala Molero.
Este nivel de gestión permite planear mejor el uso de los recursos económicos, salir a promocionar en zonas más necesitadas de servicios, y reconocer que aún se necesitan más, ya que no se puede esperar que se renueven sólo porque las personas se equivocan con sus cheques.


http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1301211