Gerontologia - Universidad Maimónides

Abril 10, 2005

Estudia la Corte un reajuste jubilatorio

corte_suprema.jpgEl Estado debería fijar el porcentaje

La Corte Suprema de Justicia analiza restablecer la movilidad de las jubilaciones del régimen de reparto y reconocer el derecho a un reajuste.

La Nación
Domingo 10 de abril de 2005

La sentencia, que ya está redactada, sólo se daría a conocer a fines de mes, cuando un ministro regrese de sus vacaciones anuales. Tres altos funcionarios de la Corte confirmaron a LA NACION el anticipo publicado en la edición del 5 de este mes: los jueces están de acuerdo en mejorar el nivel remunerativo de los pasivos y restablecer la movilidad de los haberes, que fue virtualmente suprimida en los años 90, en una clara violación a lo que dispone la Constitución.
Con esa futura sentencia, la Corte prácticamente revertiría la política jubilatoria que instauró el ex ministro de Economía Domingo Cavallo durante la gestión de Carlos Menem, que mereció el aval de la Corte Suprema en la sentencia Chocobar, de diciembre de 1996.
Con una interpretación abiertamente inconstitucional aplicada en aquel caso, los jueces que entonces integraban la mayoría de la Corte suprimieron, virtualmente, la movilidad de las jubilaciones sobre la base de que la ley de convertibilidad había prohibido la indexación y eliminaron todo vestigio de proporcionalidad que existía entre los haberes de actividad y los de retiro. Firmaron aquel fallo, que tan sólo les reconoció a los jubilados una recomposición del 13,78 por ciento, Julio Nazareno, Eduardo Moliné O´Connor, Guillermo López, Adolfo Vázquez y Antonio Boggiano, aunque éste proponía un aumento algo mayor, del 20 por ciento.
En cambio, los integrantes más alejados del gobierno de Menem -Enrique Petracchi, Augusto Belluscio, Carlos Fayt y Gustavo Bossert- votaron en disidencia, votos que ahora son la base de la nueva sentencia, que encabezará Petracchi y que firmarán todos los jueces del alto tribunal.
Aquella integración de la Corte de los 90 es completamente distinta de la actual: cuatro de los jueces de la mayoría automática ya no están en el cuerpo; Boggiano se separó de aquel grupo en 1998; Petracchi, ahora, es el presidente del tribunal, y toda la Corte ya dio muestras en distintos fallos de adscribir a una valoración más social de las cuestiones jubilatorias y laborales.
Hace dos semanas, la Corte también dictó otra sentencia favorable a los jubilados, cuando declaró inconstitucional el artículo 19 de la ley de solidaridad previsional y suprimió un recurso ordinario que sólo sirvió para que la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) dilatase injustificadamente la solución de los reclamos.
Belluscio acaba de iniciar su licencia anual, pues permaneció en la Corte durante enero, y regresa para fines de mes. Pero una vez que ello ocurra, la Corte dictará el fallo.
Muchos votos ya están escritos y el expediente está terminando su circulación. Para saber qué dirá la Corte, hay que recordar lo que escribió Petracchi en 1996, cuando votó en disidencia. Primero, para él y para los otros jueces que lo acompañaron, la insuficiencia de recursos estatales no es una excusa para recortar las jubilaciones, con lo cual mantuvieron la doctrina del caso Rolón Zappa de 1987.
Segundo, si el Estado recorta las jubilaciones más del 33 por ciento respecto de los haberes en actividad, ese recorte es inconstitucional y confiscatorio. Tercero, la Constitución obliga a reconocer la movilidad de las jubilaciones.
"Hoy en día, los salarios básicos están bastante deprimidos, por lo cual la Corte puede restablecer el principio constitucional de la movilidad sin que eso signifique para el Estado un cimbronazo insuperable", explicó a LA NACION uno de los autores del nuevo fallo.
Pero, de todas maneras, es posible que con el correr de las semanas también deba esperarse que el Gobierno haga sentir su voz, porque un reajuste importante aumenta el gasto público, compromete el superávit y, a la vez, esa decisión haría que el Estado tuviera que inyectar más dinero en un mercado donde la sobreabundancia de pesos está produciendo inflación.
En la Corte, se acumulan 14.000 causas previsionales, en muchas de las cuales los jubilados reclaman un reajuste.
La agenda pendiente
El tema jubilatorio es muy sensible, por el impacto social que tiene. Pero en la Corte hay otros asuntos que están largamente demorados, a la espera de que el alto tribunal logre dictar sentencia.
Una de las cuestiones es la de las leyes de punto final y de obediencia debida, sobre las que hay dos expedientes: uno, en la Cámara Nacional de Casación Penal, y el otro, en la Procuración General de la Nación, cuyo titular, Esteban Righi, se pronunciará en favor de la invalidez de las leyes del perdón.
Hay acuerdo en declarar inválidas esas leyes, pero el fallo se demora por cuestiones procesales.
En cambio, mucho más complejo sería dictar una nueva sentencia sobre la pesificación, porque, allí, los ministros no tienen una posición común: algunos jueces, como Belluscio, mantienen una posición pesificadora pura; Carmen Argibay estaría cerca de la posición de redolarizar, hoy, sostenida tan sólo por Fayt; Zaffaroni, como se vio en la sentencia del caso Bustos, dictada por la Corte el año último, sólo admite pesificar una parte de los depósitos, y Lorenzetti busca una pesificación corregida.

Por Adrián Ventura
De la Redacción de LA NACION
http://www.lanacion.com.ar/694874

Publicado por Licenciatura en Gerontología el día: Abril 10, 2005 06:05 AM