UN TEMA POLEMICO : EN ALGUNOS CASOS, PASARON MAS DE SEIS AÑOS DESDE LA SANCION
La Legislatura las aprobó, pero el Ejecutivo no estableció cómo deben aplicarse. Entre otros temas, las normas regulan a geriátricos, la emisión de gases y que los supermercados difundan sus precios.
Pablo Novillo.
pnovillo@clarin.com
Martes | 31.05.2005
El principio republicano, que establecen tanto la Constitución nacional como la porteña, defiende el funcionamiento equilibrado e independiente de los tres poderes de Gobierno: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Esto significa que el Ejecutivo, una vez que una ley quedó firme y le dio el visto bueno al promulgarla, debe ponerla en práctica. Sin embargo, en la Ciudad hay una decena de normas que deberían estar en vigencia pero que aún no fueron reglamentadas por el Ejecutivo, con retrasos que llegan a seis años.
En la Legislatura reclaman por este incumplimiento. "El año pasado aprobamos una resolución que obligaba al Ejecutivo a reglamentar todas las leyes que faltaba poner en práctica. Como no lo hizo, en abril la volvimos a aprobar. En muchos casos, si no existe el reglamento la ley queda en el aire. Así, el Ejecutivo desoye a la Legislatura y se convierte en un poder autista", sentenció la diputada macrista Soledad Acuña, autora de esa resolución. El ibarrismo cuenta con sólo tres legisladores, por lo tanto no tiene presencia en la elaboración de todas las leyes.
Según algunos legisladores, la importancia de que una ley sea reglamentada pasa porque, al quedar en una norma, una política pública ya no dependería de la voluntad del gobernante de turno. Hoy es cierto que algunas de las cosas que determinan las leyes se realizan a través de planes del Gobierno, pero al no figurar en una ley reglamentada y firme podrían ser desechadas. Por otro lado, especialistas en leyes comentaron que, aunque el Ejecutivo no puede ser sancionado por no reglamentar a tiempo una ley, los vecinos podrían reclamar su cumplimiento en la Justicia. "Esta demora lleva a desmoronar todo el sistema de las instituciones", señaló el constitucionalista Daniel Sabsay (ver Un daño...).
Desde su autonomía, a mediados de los 90, la Ciudad tuvo que dictar sus propias normas. Hoy cuenta con 1.677 leyes promulgadas. La primera, del 23 de diciembre de 1997, puede leerse como una irónica premonición: fue una fe de erratas, una corrección de errores ortográficos que figuraron en el texto de la Constitución porteña (por ejemplo, decía "presidido" en lugar de "presidido"). La segunda ley, de la misma fecha, estableció los sueldos de los legisladores. Estas son algunas de las leyes que todavía falta reglamentar
Ley del aire
Aprobada el 10 de junio. Establece límites de emisión de gases contaminantes por parte de fábricas y vehículos. Además, obliga a la realización periódica de estudios para trazar un "mapa" de calidad del aire en Capital. El Ejecutivo tenía 180 días para reglamentar la ley, plazo que ya se cumplió. Según explicó, la dificultad técnica que presentó la elaboración del decreto hizo que no llegara a tiempo, pero su reglamentación "es inminente".
Geriátricos
En realidad son dos normas "hermanas", las Nº 661 y 1.003, de 2001 y 2002. Marcan las condiciones de infraestructura, requisitos para la habilitación y controles que se deben hacer en los geriátricos, y que amplían los alcances del Código de Habilitaciones, la normativa actual.
Recién nacidos
La ley de identificación fue aprobada en diciembre de 2003. El Ejecutivo tenía 60 días para reglamentarla. Establece que se tomará una muestra de sangre del bebé y su madre, que serán colocadas en una tarjeta de identificación, para dejar una "huella genética" y evitar robos de bebés.
Supermercados
Se sancionó en octubre. Todos los supermercados deberían entregar su lista de precios actualizada a la Dirección de Defensa del Consumidor, para que los publique en Internet. No se está haciendo. En la Comuna prometieron que en los próximos días comenzarán a aplicarla.
Chicas embarazadas
En noviembre de 2001 se aprobó un régimen especial de escolaridad para las alumnas que quedan embarazadas, con la idea de que sigan estudiando. En el Ejecutivo explicaron que la ley "se autoabastece", que sus artículos son operativos y por eso no necesita reglamentación. Sin embargo, en la Legislatura afirman que el artículo 6º marca que la Secretaría de Educación debe hacer un seguimiento de cada caso, y que esto no se hace por la falta de reglamento. En la Comuna contestaron que esto no se puede reglamentar porque cada caso es particular.
Salud reproductiva
Una de las normas más polémicas, se votó en junio de 2000. Indica, entre otras cosas, que se deberá informar a la población sobre prevención de enfermedades de transmisión sexual y entregar anticonceptivos. El Ejecutivo afirma que no necesita reglamentarse y está en plena aplicación. Pero en la Legislatura sostienen que, por ejemplo, no les están enviando anualmente un informe sobre sus resultados, como debería pasar si se reglamentara.
Salud mental
Fue sancionada el 27 de julio de 2000. Según algunos diputados, al no estar reglamentada quedó "en veremos" un punto clave: no está definido cómo debe ser la reinserción social de un paciente que recibió el alta médica. Hoy sucede que muchas personas están sanas, pero como no tienen familia o trabajo siguen viviendo en los neuropsiquiátricos.
Ley de empleo
Sancionada el 4 de diciembre de 1999, debía reglamentarse en 90 días. Aunque la Ciudad tiene planes de fomento del empleo, el artículo 5º marca que el Ejecutivo debe "elaborar cada dos años un Plan Metropolitano de Empleo y Capacitación que contemple el diseño y ejecución de políticas y programas para promover el empleo en el ámbito público y privado". Para el Gobierno "se trata de una ley marco, no necesita reglamentación. Se están ejecutando programas basados en lo general de la norma".
Además de estas leyes, hay otras que tampoco fueron reglamentadas. Por ejemplo, una que establece el acceso libre a la información en materia ambiental (en el Ejecutivo explicaron que están trabajando en su reglamentación). También hay una ley, de 1998, que marca que en todos los colegios de Capital debe haber centros de estudiantes.
Retrasos en los diputados
A la demora del Ejecutivo, en el caso de varias normas se suma otro retraso, responsabilidad de la Legislatura: la Ciudad aún no cuenta con una serie de leyes que, por mandato de la Constitución porteña, ya deberían estar vigentes.
El caso testigo es la Ley de Comunas, que dividirá Buenos Aires en unidades administrativas descentralizadas. Con tres años de demora, en noviembre se la aprobó en general. Pero falta sancionarla artículo por artículo. Una comisión de la Legislatura está trabajando para llegar al consenso: falta acordar la cantidad de comunas y la fecha de elección de sus autoridades.
Otras leyes "ausentes" son la de Educación, Plan Urbano-Ambiental y Presupuesto Participativo. También, la implementación de la Verificación Técnica Vehicular obligatoria, ordenada por la Ley Nacional de Tránsito.
Ineficiencia
Eduardo Paladini
epaladini@clarin.com
Lo dicen los especialistas y obedece al sentido común: si el Ejecutivo no aplica las leyes que aprueban los diputados, se resiente el funcionamiento de las instituciones. El jefe de Gobierno tiene la facultad de vetar las leyes con las que no concuerda. Promulgarlas y no reglamentarlas es pérdida de tiempo y dinero. Los legisladores, elegidos por los ciudadanos, cobran para mejorar la legislación. Este círculo de ineficiencia coincide tristemente con ese sello argentino de decir, hablar, prometer, y que muy poco llegue a la práctica.
Los caminos de una ley
Desde la idea hasta su aplicación, una ley recorre un largo camino. En la Ciudad, pueden presentar proyectos los diputados, el jefe o vicejefe de Gobierno, la Defensoría del Pueblo y los Consejos de Plan Estratégico y Económico-Social (aún no creado). Los vecinos también, pero un legislador debe tomar la iniciativa como propia.
Dentro de la primera semana de presentado en Mesa de Entradas, el proyecto entra a la comisión legislativa a la que le corresponde el tema. Si pasan dos años y ésta no se expide, pierde estado parlamentario. Si lo trata y lo aprueba, sale un despacho que pasa al recinto. Los proyectos que entran en cada sesión se determinan en la reunión de Labor Parlamentaria (de presidentes de bloque).
Luego, si la ley se aprueba, el Ejecutivo tiene 10 días hábiles para vetarla o promulgarla. Cuando la veta, la Legislatura debe conseguir 40 votos para sostenerla. En cambio, si la promulga, rige desde que se publica en el Boletín Oficial. No obstante, en la mayoría de los casos es necesaria la reglamentación para que la norma se aplique efectivamente.