El tema de la seguridad en los geriátricos se instaló en la agenda pública en enero de 2001, cuando cuatro ancianas murieron ahogadas en el sótano de un establecimiento de Belgrano R, durante una tormenta que inundó el barrio.
Clarín
Lunes | 25.07.2005
La reacción de la Legislatura porteña fue una ley sancionada en diciembre de 2002, aunque apuntaba más a la cuestión médico-asistencial que a la seguridad. El tema es que el Gobierno demoró su reglamentación, necesaria para ponerla en marcha, a tal punto que la Legislatura —en una decisión inusual— emitió una resolución en la que se exhortaba al Poder Ejecutivo a cumplir con su obligación.
Ayer, el secretario de Comunicación aseguró a Clarín que el decreto de reglamentación fue firmado la semana pasada por el jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, aunque todavía no entró en vigencia porque no se publicó en el boletín oficial.
Esa ley, entre otros puntos, crea un registro público de geriátricos habilitados, con todos los datos de cada uno, incluyendo sus responsables y sus antecedentes vinculados con inspecciones, clausuras y sanciones, si las hubiere. Justamente, la falta de información es uno de los grandes déficit actuales y uno de los más importantes obstáculos para un adecuado control.
Igualmente, más allá de un registro, en el sector todos denuncian que hay una cantidad indeterminada de geriátricos que no tienen habilitación.
La ley, que lleva el número 1.003, establece también requisitos que debe cumplir todo el personal (médicos, enfermeros, asistentes) en cuanto a capacitación y exige la inscripción de un responsable profesional por cada establecimiento, que tendría que responder civil y penalmente, junto al propietario, cuando se acredite alguna irregularidad.
Además, la norma divide a los geriátricos en cinco categorías. Cada una, según el tipo de residentes que reciba, debe cumplir con requisitos diferentes para su habilitación.