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Préstamos a jubilados

LA ANSES FIJO NUEVAS REGLAS

La ANSeS reglamentó ayer el nuevo marco normativo que deberán respetar los bancos, mutuales y cooperativas que quieran participar del redituable negocio de otorgarles préstamos a los jubilados.

17.03.2006 | Clarín.com

El organismo recalcó que el descuento sobre el haber por la cuota mensual no deberá superar en ningún caso el 40%. Y además dispuso que un jubilado no podrá cambiar el banco en el cual cobra su haber si mantiene una deuda con dicho banco.
Así lo explica en el artículo 1º de la resolución 213 publicada ayer en el boletín oficial: "Procédase a la inhabilitación del cambio de agente pagador, en aquellos casos en los que la entidad bancaria haya informado a la ANSeS, por declaración jurada, la renuncia del beneficiario a la libre elección del agente pagador, en razón del compromiso monetario asumido ante el agente pagador, y hasta tanto opere la cancelación total de la deuda".
Esta nueva reglamentación busca que los bancos se involucren más en un negocio que históricamente estuvo en manos de mutuales las que, según critican desde el Gobierno, aplican altísimas tasas de interés. Esto es posible porque el marketing de las operaciones está centrado en las cuotas supuestamente bajas que deben pagar los jubilados, aunque como se trata de créditos de bajos montos (rara vez superan los 1.000 pesos) las tasas resultantes son, en muchos casos, superiores al 50% anual.
Si bien los bancos no obtuvieron el permiso para trabajar con "código de descuento", sí lograron una serie de condiciones que les permite competir con las mutuales. El "código de descuento" es una herramienta que permite al acreedor hacerse del dinero de la cuota antes de que el jubilado perciba su haber mensual.

http://www.clarin.com/diario/2006/03/17/elpais/p-02203.htm