PAGO DE DEUDA Y MOVILIDAD PARA UN MILLON DE JUBILADOS
El reciente fallo de la Corte alerta de que el Poder Judicial no está dispuesto a seguir tolerando el manejo discrecional de los haberes previsionales que viene aplicando el Poder Ejecutivo, con la complicidad del Poder Legislativo. El impacto fiscal de comenzar a respectar la Constitución, después de no haberlo hecho durante mucho tiempo, es de magnitudes muy importantes. Por eso, el Congreso no debería limitarse a cumplir con su obligación de instrumentar la movilidad sino también encarar transformaciones que den sustentabilidad al sistema previsional.
IDESA
Informe Semanal
13 de agosto de 2006
Como era previsible, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que el manejo que viene haciendo el Poder Ejecutivo de los haberes previsionales no respeta el principio de movilidad previsto en el Art. 14 bis de la Constitución. El fallo adoptó una modalidad instrumental muy consistente con lo que se espera de un sistema republicano. En situaciones como esta, no corresponde que los jueces legislen sino que insten a que el Congreso cumpla con su obligación.
Desde el punto de vista institucional, es la modalidad correcta y marca un contraste con fallos anteriores donde la Corte se autoasignó facultades del Congreso definiendo metodologías de cálculo, como en los fallos sobre indemnización por despido o en las reparaciones del sistema de riesgos del trabajo. Desde el punto de vista instrumental, la modalidad tiene grandes ventajas para la gente. Al no caer en la tentación de legislar sino que da la oportunidad para que el Poder Legislativo revea su error y diseñe una solución razonable para todos los jubilados, evitó que cada persona perjudicada tenga que iniciar (y ganar) un juicio previsional contra la ANSES a fin de remediar la arbitrariedad. Así se generan las condiciones para una solución eficiente y equitativa.
El rol más delicado ahora lo tiene el Congreso. Tiene que fijar un criterio de movilidad hacia el futuro y definir un mecanismo para ajustar las jubilaciones desde la disparada de precios que se inicio en el 2002 a la actualidad. En principio las alternativas son:
• Ajustar por Índice de Precios al Consumidor, mecanismo que se usa, por ejemplo, en Uruguay. El incremento promedio anual 2001 - 2006 de este índice fue de 78%.
• Los salarios formales, indicador tradicionalmente utilizado en Argentina, tuvieron un incremento promedio anual 2001 - 2006 de 81%.
• Tomar como referencia los ingresos de la ANSES, tal como fija la Ley de Solidaridad Previsional, que tuvieron un incremento en los últimos 5 años del orden del 150%.
Quienes se beneficiarán con el ajuste son las personas que en el 2001 tenían un haber previsional superior a los $300, dado que son los que sufrieron aumentos parciales en sus haberes previsionales. Según la Secretaria de Seguridad Social, en aquel año había aproximadamente 862.000 personas que ganaban entre $300 y $1.000 y 170.000 más con haberes superiores a los $1.000. Tomando como base el escenario más conservador –o sea, el ajuste por Índice de Precios al Consumidor y descontando los aumentos parciales que otorgó el Gobierno–, el gasto público previsional aumentaría en aproximadamente $5.200 millones anuales.
Adicionalmente, el retraso en los reajustes de los haberes ha generado una deuda con los jubilados de la cual el Congreso tiene que resolver la forma de pago. Teniendo en cuenta que son 4 años de violación de la movilidad y asumiendo el mismo escenario conservador, la deuda acumulada podría ubicarse en el orden de los $9.400 millones de pesos.
Los impactos fiscales no serán fáciles de digerir en las cuentas del Estado nacional. Esto aumenta la importancia de que el Congreso no se limite a debatir y consensuar un mecanismo de ajuste para el futuro y la forma de pago de la deuda, sino que debe avanzar sobre otros puntos claves de la organización del sistema previsional. En otras palabras, para que la movilidad sea sustentable, equitativa y no un factor de desestabilización fiscal, es crucial que se resuelvan viejos y nuevos problemas del sistema previsional.
La transformación debería basarse en una doble estrategia. Por un lado, especializar el régimen público de reparto (a cargo de ANSES) en la cobertura de personas con baja o nula capacidad de ahorro. Esto incluye la urgente corrección de la mal denominada “jubilación de amas de casa”, que es una poderosa fuente de aumento del gasto público previsional con dudosos impactos distributivos, para reemplazarla por una prestación de tipo asistencial focalizada en las personas mayores en estado de vulnerabilidad. Por otro lado, perfeccionar el actual régimen de capitalización para que sea el mecanismo previsional de las personas con capacidad de ahorro. En lugar de las costosas superposiciones actuales, la lógica debería ser que el régimen público garantice solidaridad para con las personas que en actividad no pudieron realizar suficientes aportes previsionales; mientras que el régimen de capitalización garantice la equidad de brindar mayores beneficios a quiénes mayores aportes efectuaron.